SUSPENSION DE PARTIDOS
21.09.2022
RECORDAMOS A LOS SOCIOS Y DELEGADOS DE EQUIPOS LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO
ESTABLECIDO EN SU ARTÍCULO 33 SIENDO, POR ENDE, EL ÁRBITRO DESIGNADO, LA ÚNICA AUTORIDAD QUE DECIDE EN EL CAMPO DE JUEGO, SOBRE EL DESARROLLO/SUSPENSIÓN, DE PARTIDOS PREVISTO EN EL FIXTURE DE CADA FECHA.
ARTICULO 33º: Ausencia de autoridades: El partido se suspenderá en el caso de ausencia del árbitro principal o de los dos jueces de línea. No se suspenderá en los siguientes casos: a) Por ausencia de un juez de línea, b) Por ausencia del veedor. En este caso las planillas y los carnés del partido deberán ser entregadas al árbitro del partido.